Menos mal que la propuesta presidencial para instalar en México la reelección legislativa incluye límites al número de mandatos que los diputados y senadores podrán ejercer de forma consecutiva. Lo que me preocupa es que los académicos empleados de la Secretaría de Gobernación y los analistas que hacen de compañeros de viaje de aquellos, que con tanto entusiasmo nos presentan la idea de la reelección legislativa con tan hermosos colores, se aferren a una actitud de soberbia cada vez que alguien les cuestiona sobre la efectividad real que ha exhibido la reelección legislativa (y la de alcaldes) en los países que la permiten. Menos prepotencia y más análisis comparado llevaría a estos señores a ponderar en mucho los panegíricos que constantemente dedican a la reelección. ¿Por qué estos analistas no han profundizado en las razones por las que se han impuesto límites al derecho de reelección de los gobernadores, legisladores locales y alcaldes (Term Limits) en Estados Unidos? Sigue creciendo en la Unión Americana una irrefrenable tendencia a imponer limitaciones al número de mandatos que pueden ejercer los gobernantes a nivelo local, y sigue cobrando fuerza la idea de establecer estos límites a los legisladores a nivel federal. Abundan los trabajos analíticos serios (que nuestros “especialistas”, obviamente, no conocen) que explican que estas limitaciones al derecho de reelección se han hecho indispensables como una forma eficaz de combatir varios males, de los cuales yo destacaría tres: lobbysmo excesivo, clientelismo e injusticias en las condiciones de competencia electoral que dan a los candidatos en ejercicio, ventajas adicionales frente a sus opositores. ¡Y algunos de los “pundits” que pretender vender la idea de la reelección nos dicen en México que este mecanismo es el “ideal” para evitar precisamente estos problemas! ¡Pues en qué mundo viven? Vuelvo a preguntar.
Reitero que es muy más grave la afirmación de algunos opinadores favorables a la reelección de legisladores y alcaldes en el sentido de que el fenómeno clientelar es menor es menor (¡¡¡???!!!¿¿¿) en las naciones donde existe la reelección. Tal aserto sencillamente no resiste el menor análisis. El clientelismo es un fenómeno universal que cada vez cobra una mayor importancia, desgraciadamente, y para evitarlo de poco ha servido la presunta "rendición de cuentas" que es, según los panegiristas de la reelección , es resultado natural de este mecanismo. Los casos de corrupción y clientelismo pululan en numerosas ciudades norteamericanas en donde los alcaldes pueden reelegirse. ¿Por qué? Las cosas no son mucho mejores en América Latina y en naciones famosas por sus prácticas clientelares como Italia, Japón o las de Europa del Este. ¡Y en todos los casos se reelige a los alcaldes!
Esta es una lista con la información de los estados en los que los ciudadanos han impuesto límites al derecho de reelección de sus legisladores locales:
Arizona 1992 Diputados: 4 mandatos (8 años)
Senado: 4 mandatos (8 años)
Arkansas 1992 Diputados: 3 mandatos (6 años)
Senado: 2 mandatos (8 años)
California 1990 Diputados: 3 mandatos (6 años)
Senado: 2 mandatos (8 años)
Colorado 1990 Diputados: 4 mandatos (8 años)
Senado: 2 mandatos (8 años)
Florida 1992 Diputados: 4 mandatos (8 años)
Senado: 2 mandatos (8 años)
Louisiana 1995 Diputados: 3 mandatos (12 años)
Senado: 3 mandatos (12 años)
Maine 1993 Diputados: 4 mandatos (8 años)
Senado: 4 mandatos (8 años)
Michigan 1992 Diputados: 3 mandatos (6 años)
Senado: 2 mandatos (8 años)
Missouri 1992 Diputados: 4 mandatos (8 años)
Senado: 2 mandatos (8 años)
Montana 1992 Diputados: 4 mandatos (8 años)
Senado: 2 mandatos (8 años)
Nebraska 2000 Unicameral: 2 mandatos (8 años)
Nevada 1994 Diputados: 6 mandatos (12 años)
Senado: 3 mandatos (12 años)
Ohio 1992 Diputados: 4 mandatos (8 años)
Senado: 2 mandatos (8 años)
Oklahoma 1990 Unicameral: 4 mandatos (12 años)
Dakota del Sur 1992 Diputados: 4 mandatos (8 años)
Senado: 2 mandatos (8 años)
Wyoming 1992 Diputados: 6 mandatos (12 años)
Senado: 3 mandatos (12 años)
A: Los “term limits” fueron cancelados por ser considerados “anticonstitucionales” por las cortes supremas de Idaho, Massachusetts, Oregon, Utah y Washington pese a que en todos los casos la propuesta contó con una abrumadora mayoría a favor en los respectivos referéndums.
B: En Arizona, Florida, Louisiana, Maine, Ohio y Dakota del Sur la limitación al derecho de reelección es sólo para mandatos consecutivos
C: En Arkansas, California, Michigan, Missouri, Nevada and Oklahoma la limitación al derecho de reelección es de por vida.
D: En Colorado, Montana y Wyoming la limitación no es de por vida, pero deben pasar por lo menos cuatro años para poder volver a presentarse a la reelección.
E: Varias ciudades han impuesto límites al número de mandatos que los alcaldes pueden ejercer al frente del gobierno local, dentro de las que destacan Nueva York, Cincinnati, Los Ángeles, Houston, Filadelfia, Phoenix, San Antonio, San Diego, Dallas y San José
Reitero que es muy más grave la afirmación de algunos opinadores favorables a la reelección de legisladores y alcaldes en el sentido de que el fenómeno clientelar es menor es menor (¡¡¡???!!!¿¿¿) en las naciones donde existe la reelección. Tal aserto sencillamente no resiste el menor análisis. El clientelismo es un fenómeno universal que cada vez cobra una mayor importancia, desgraciadamente, y para evitarlo de poco ha servido la presunta "rendición de cuentas" que es, según los panegiristas de la reelección , es resultado natural de este mecanismo. Los casos de corrupción y clientelismo pululan en numerosas ciudades norteamericanas en donde los alcaldes pueden reelegirse. ¿Por qué? Las cosas no son mucho mejores en América Latina y en naciones famosas por sus prácticas clientelares como Italia, Japón o las de Europa del Este. ¡Y en todos los casos se reelige a los alcaldes!
Esta es una lista con la información de los estados en los que los ciudadanos han impuesto límites al derecho de reelección de sus legisladores locales:
Arizona 1992 Diputados: 4 mandatos (8 años)
Senado: 4 mandatos (8 años)
Arkansas 1992 Diputados: 3 mandatos (6 años)
Senado: 2 mandatos (8 años)
California 1990 Diputados: 3 mandatos (6 años)
Senado: 2 mandatos (8 años)
Colorado 1990 Diputados: 4 mandatos (8 años)
Senado: 2 mandatos (8 años)
Florida 1992 Diputados: 4 mandatos (8 años)
Senado: 2 mandatos (8 años)
Louisiana 1995 Diputados: 3 mandatos (12 años)
Senado: 3 mandatos (12 años)
Maine 1993 Diputados: 4 mandatos (8 años)
Senado: 4 mandatos (8 años)
Michigan 1992 Diputados: 3 mandatos (6 años)
Senado: 2 mandatos (8 años)
Missouri 1992 Diputados: 4 mandatos (8 años)
Senado: 2 mandatos (8 años)
Montana 1992 Diputados: 4 mandatos (8 años)
Senado: 2 mandatos (8 años)
Nebraska 2000 Unicameral: 2 mandatos (8 años)
Nevada 1994 Diputados: 6 mandatos (12 años)
Senado: 3 mandatos (12 años)
Ohio 1992 Diputados: 4 mandatos (8 años)
Senado: 2 mandatos (8 años)
Oklahoma 1990 Unicameral: 4 mandatos (12 años)
Dakota del Sur 1992 Diputados: 4 mandatos (8 años)
Senado: 2 mandatos (8 años)
Wyoming 1992 Diputados: 6 mandatos (12 años)
Senado: 3 mandatos (12 años)
A: Los “term limits” fueron cancelados por ser considerados “anticonstitucionales” por las cortes supremas de Idaho, Massachusetts, Oregon, Utah y Washington pese a que en todos los casos la propuesta contó con una abrumadora mayoría a favor en los respectivos referéndums.
B: En Arizona, Florida, Louisiana, Maine, Ohio y Dakota del Sur la limitación al derecho de reelección es sólo para mandatos consecutivos
C: En Arkansas, California, Michigan, Missouri, Nevada and Oklahoma la limitación al derecho de reelección es de por vida.
D: En Colorado, Montana y Wyoming la limitación no es de por vida, pero deben pasar por lo menos cuatro años para poder volver a presentarse a la reelección.
E: Varias ciudades han impuesto límites al número de mandatos que los alcaldes pueden ejercer al frente del gobierno local, dentro de las que destacan Nueva York, Cincinnati, Los Ángeles, Houston, Filadelfia, Phoenix, San Antonio, San Diego, Dallas y San José
No hay comentarios:
Publicar un comentario